¿Qué es la designa apud acta?
La designa apud acta es un apoderamiento expreso al Procurador para pueda representar a su cliente ante los Juzgados.
Para que el Procurador pueda tramitar cualquier procedimiento judicial en representación de sus clientes, necesita un apoderamiento expreso por parte de éstos. Este apoderamiento puede efectuarse mediante un poder notarial, o bien puede efectuarse mediante lo que se denomina «designa apud acta«, que a diferencia del poder, se efectúa ante el Juzgado.
El poder notarial, como su nombre indica, se efectúa ante cualquier notario de España. La alternativa, la designa apud acta, puede realizarse en cualquier Juzgado español. El efecto en el procedimiento judicial es el mismo, pero, a diferencia del poder notarial, que tiene coste, la designa es gratuita para el cliente.
Designa apud acta electrónica
Las nuevas tecnologías han conseguido que sea posible identificar a una persona no solamente por su «presencia física» con su D.N.I., sino también a través de certificados digitales que permiten acreditar electrónicamente la «presencia» de una persona, tanto física como jurídica.
Por ello, el Ministerio de Justicia permite efectuar la designa apud acta no solamente mediante la personación física del cliente ante los Juzgados, sino también de forma electrónica, en su página web, mediante el uso de un certificado digital, que puede ser uno de los expedido por la FNMT, el DNI electrónico, o cualquier otro certificado válido similar.
Diferencias entre Designa Apud Acta, Designa electrónica y Poder notarial
Todas ellas son apoderamientos para representar al cliente frente a los Tribunales, con igual validez y efectividad.
Económicamente, la designa apud acta es siempre gratuita, a diferencia del poder notarial, que tiene un coste (el del notario).
En cuanto a sus efectos y alcance, tanto la designa como el poder pueden hacerse genéricos o circunscritos a un procedimiento concreto En la práctica el poder notarial suele realizarse de manera genérica, para cualquier procedimiento; la designa apud acta presencial es siempre cerrada a un procedimiento concreto y por último, en la designa electrónica, podemos elegir si hacerla indeterminada o cerrarla a un procedimiento de una manera muy sencilla.
¿Cómo se realiza un apoderamiento apud acta electrónico?
En la web del Ministerio de Justicia encontraremos un apartado dedicado a los apoderamientos electrónicos aqui.
REQUISITOS PREVIOS PARA LA DESIGNA ELECTRÓNICA
Necesitamos un certificado digital válido y vigente. Sirven los certificados de la FNMT, el DNI electrónico e incluso la clave PIN de la AEAT)
Al acceder al servicio clickando aqui, nos pedirá en primer lugar que nos identifiquemos correctamente, mediante un certificado digital válido (de la FNMT, DNI electrónico o incluso la clave PIN de la AEAT). Si usamos el DNI electrónico, necesitaremos conocer su pin, y además los certificados contenidos en él deben estar actualizados. Ambas cosas, conocer el pin y actualizar los certificados, lo podemos realizar en cualquier comisaría de policía nacional que tramiten renovaciones de DNI, no es necesario cita previa, simplemente debe acudir la persona titular con su DNI y en el momento podrá obtener ambas cosas.
Por último, hemos de instalar en nuestro ordenador la aplicación AUTOFIRMA, necesaria para completar el proceso.
TRAMITACION DE LA DESIGNA O APODERAMIENTO ELECTRONICO.
Una vez identificados accederemos al servicio, debiendo escoger en primer lugar que accedemos en calidad de poderdantes.
A continuación nos pedirá datos del PODERDANTE (o sea nuestros datos), y tendremos que rellenar los que falten.
En datos del apoderado, hemos de rellenarlos con los datos del profesional al que queramos apoderar, indicando si es abogado, procurador o graduado social, y su numero de colegiado:

Debemos hacer click en «Añadir apoderado» y bajar clickar en «Siguiente».
Podemos escoger si la designa es unicamente para un procedimiento determinado o si es genérica, para lo cual dejaremos las opciones tal y como vienen por defecto:

Clickamos en siguiente y definimos la fecha de vigencia del poder, que recomendamos dejar en el valor por defecto.
Volvemos a clickar en siguiente y después en «CONFIRMAR».
A continuación nos firmará la petición mediante la aplicación Autofirma, que debe estar instalada previamente en el ordenador, y con ello habremos obtenido un recibo del apoderamiento que debemos enviar al profesional al que hemos dado el apoderamiento, en este caso, al Procurador.