Suspendida la aplicación de las tasas catalanas.

Como era previsible, se ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno del Partido Popular contra la Tasa Judicial catalana, por considerar que comparte el mismo hecho imponible que la recién publicada Ley de Tasas estatal. La admisión supone la suspensión automática de la aplicación del precepto impugnado, esto es, el que define el hecho imponible de la tasa, con carácter retroactivo a la presentación del recurso, el 21 de diciembre del 2012.

La suspensión es automática y no es necesario presentar ningún escrito en el procedimiento judicial. La página de la Generalitat ha dejado de estar operativa y ya no permite su liquidación y pago.

No se impugna el apartado 2º del hecho imponible, que corresponde a la tasa por emisión de segundas copias de certificaciones y testimonios de sentencias, y que por tanto sigue vigente.

Recurso Inconstitucionalidad Tasas Catalanas.pdf

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