Cláusula suelo: Sentencia a favor de una mercantil no consumidora.

Adjuntamos una sentencia firme del Juzgado de 1ª Instancia de Jaén que declara la nulidad de una cláusula suelo de una mercantil no consumidora.

La sentencia fundamenta su decisión en el carácter de condición general de la contratación de la cláusula suelo, tras negar el carácter de consumidor de la mercantil prestataria, aduciendo que la entidad financiera no ha acreditado que dicha cláusula fuera negociada y que la cláusula no es lo suficientemente CLARA:

Por cuanto antecede la cláusula no supera el control de inclusión porque no expresa con claridad que en realidad se contrata un interés a tipo fijo mínimo y variable al alza con un techo, que es en realidad la esencia del préstamo. La redacción del clausulado no es clara, ocupa casi cuatro páginas para de forma poco clara expresar cómo se calcula el tipo de interés, utiliza muchas fórmulas (una referencia constante al redondeo) para explicarlo y aún cuando destaca en negrita que el interés es variable no ofrece información suficientemente clara de que es un interés a tipo fijo mínimo y variable por encima de ese suelo.”

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