Clausula suelo: Sentencia AP Toledo a favor de una Promotora Inmobiliaria

Interesante Sentencia de la Audiencia Provincial de Toledo en la que confirma la Sentencia de instancia que elimina la cláusula suelo a una persona jurídica, que además es promotora inmobiliaria.

No sólo se trata por tanto de persona jurídica, sino que además, lo es, sin duda alguna, dentro de su actividad profesional habitual

En el supuesto concreto de autos , como se desprende de la propia escritura de compraventa con subrogación en el préstamo con garantía hipotecaria otorgada por Banco Popular Español S.A. a favor de la Sociedad Inmobiliaria San Javier SL (folios 38 y ss), nos situamos ante una operación concertada entre un profesional (entidad de crédito) y una persona jurídica (sociedad de responsabilidad limitada) que actúa en el tráfico jurídico con un propósito relacionado con su actividad comercial o empresarial

La Sentencia se fundamenta en la Ley General de Condiciones de la Contratación

Se pretende distinguir entre condiciones generales y cláusulas abusivas, siendo estas últimas aquellas en las que en contra de las exigencias de la buena fe se causa, en detrimento del consumidor, un desequilibrio importante e injustificado de las obligaciones contractuales. Aunque el concepto de cláusula contractual abusiva adquiere un significado propio en el ámbito de la contratación con los consumidores, ello no significa que en las condiciones generales entre profesionales no puedan existir abuso de una posición dominante , pero en ese caso la apreciación de ese posible desequilibrio injustificado se sujetará a las normas generales de la contratación, sin que nada impida que judicialmente pueda declararse la nulidad de una condición general abusiva por ser contraria a la buena fe que claramente cause un desequilibrio especialmente significativo en los derechos y obligaciones de las partes.

La sentencia está dictada antes de la resolución del TJUE que decretaba la retroactividad ex tunc, y por tanto limita la retroactividad hasta 9 de mayo de 2013.

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