Adjuntamos una Sentencia de la AP de Soria que declara la abusividad de una cláusula suelo en contrato mercantil de arrendamiento financiero de bienes muebles concedido por Banco Popular a una PYME.
El motivo es la falta de transparencia, la oscuridad de la redacción del contrato, que en 3 lugares diferentes modifica la cláusula de tipo de interés, considerando en todo momento que se trata de un empresario, y no de un consumidor.
Se trata por tanto de la aplicación de la LGC, fundamentada en parte en la STS de 9 de mayo de 2013, pero basada en la oscuridad de la cláusula por su repetición, no por la falta de información suministrada al empresario.