Adjuntamos una interesante Sentencia del Juzgado nº 6 de Granollers en relación con una hipoteca procedente de Caixa Catalunya (ahora BBVA) que en el mismo sentido que la que ya publicamos en su día, dictada por el Juzgado de Oviedo, declara:
- La abusividad de la cláusula suelo y la retroactividad total, incluso habiendo sido aplicada por el banco la STS de mayo de 2013, y habiendo por tanto eliminado la cláusula desde dicha fecha.
- La abusividad de la cláusula de imposición de gastos a la prestataria, en aplicación de la STS de 23 de diciembre de 2015, obligando al banco a la devolución de gastos de notario, registro e ITP-AJD.
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