El TJUE ha dado el gordo de Navidad a los hipotecados españoles, y ha resuelto FAVORABLEMENTE a la retroactividad total en las cláusulas suelo.
La sentencia dictada hoy estima que limitar la retroactividad se opone al derecho comunitario, contradiciendo así al dictamen del abogado general del pasado mes de julio.
“La declaración judicial del carácter abusivo de una cláusula debe tener como consecuencia el restablecimiento de la situación en la que se encontraría el consumidor de no haber existido dicha cláusula. Por consiguiente, la declaración del carácter abusivo de las cláusulas suelo debe permitir la restitución de las ventajas obtenidas indebidamente por el profesional en detrimento del consumidor”.
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[…] STJUE de 21 de diciembre de 2016, a favor de la RETROACTIVIDAD. […]