Bonificación del 10% en las tasas judiciales.

Aunque nuestro despacho ha utilizado la presentación telemática de demandas desde su inicio, siendo pioneros especialmente en Sabadell y Cerdanyola, la aprobación de la Ley de tasas judiciales supuso un acicate aún mayor para seguir con dicha política, dado dicha ley bonifica con un 10% todas las tasas de demandas presentadas por esta vía.

Pero aún cabía la duda de si era necesario que todo el procedimiento fuese telemático (lo que actualmente no es posible en ningún Juzgado de España) o si bastaba con la mera presentación telemática de la demanda. Nuestra interpretación ha sido confirmada por la Dirección General de Tributos, indicando que efectivamente basta con que la presentación sea telemática para poder aplicar dicha bonificación.

Por tanto, todas las demandas tramitadas por este despacho podrán gozar de dicha bonificación del 10% en la tasa judicial, dado que siempre se presentan telemáticamente salvo instrucciones precisas en su contra.

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