Con la presentación de demandas telemáticas, y la posibilidad de presentarlas fuera del horario de Decanato (esto es, a partir de las 15:00 horas), pueden surgir dudas sobre la fecha en la que se debe imputar dicha presentación, sobre todo cuando son demandas en plazo.
La Secretaria de Gobierno del TSJC ha resuelto dicha cuestión mediante el acuerdo que se adjunta, indicando que las demandas presentadas ANTES de las 20:00 horas se entenderán presentadas en el día, y a partir de esa hora, computará el día siguiente. Ello sin perjuicio de que las demandas sujetas a plazo se puedan presentar al día siguiente de su finalización, pero únicamente hasta las 15:00 horas.