El Supremo ha dictado una interesante Sentencia en la que da la razón al consumidor, declarando abusiva una cláusula suelo en una hipoteca en la que dicho consumidor se SUBROGÓ, al adquirir la vivienda al promotor, sin la intervención en la escritura de la entidad financiera.
Contradiciendo nuevamente a la Audiencia Provincial de Sevilla, determina que no es el consumidor el que debe buscar la información sobre las condiciones del préstamo, sino que debe ser el banco el que le entregue dicha información, sin requerimiento ni solicitud de los prestatarios.
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1 reply on “STS sobre Hipotecas subrogadas de promotor – Clausula suelo”
[…] STS 38/2018, de 24 de enero, SUBROGACIONES de hipotecas de promotor, sin intervención del banco […]